La Asamblea a Legislativa Departamental de Chuquisaca en cumplimiento a las facultades y atribuciones que le son otorgadas por la Constitución política del Estado y normativa en actual vigencia, en Sesión Ordinaria Nº 048/2021 emite las siguientes MINUTAS DE COMUNICACIÓN.
Recomienda al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, que a través de la Secretaria de Desarrollo Humano y Social por las instancias que corresponde, procedan al cumplimiento de las siguientes recomendaciones para la ATENCIÓN DEL PROGRAMA DE COORDINACIÓN, PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LA FAMILIA Y AL ADULTO MAYOR EN LOS MUNICIPIOS DE HUACAYA, VILLA VACA GUZMÁN (MUYUPAMPA), SAN PABLO DE HUACARTEA Y MONTEAGUDO.
- Recomendar la firma del convenio con autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Huacaya para el funcionamiento del comedor para personas adultas mayores para la gestión 2022, y la ampliación del comedor y beneficiarios para que funcione en los dos centros poblados como son Santa Rosa y Huacaya.
- Recomendar la ampliación del comedor y beneficiarios en el municipio de Monteagudo para que funcione en los dos centros poblados como son Monteagudo y la zona de Candúa.
- El SEDEGES debe cumplir con las obligaciones asumidas de acuerdo a los convenios firmados con los Gobierno Municipales.
- Recomendar los mecanismos necesarios para la firma de convenios con proveedores para la provisión de alimentos secos y frutos en los respectivos municipios donde funcionan los comedores.
Por otra parte recomienda a la Gobernación de Chuquisaca, que todos los diferimiento de la deuda interna del Gobierno Autónomo Departamental, sean realizados en actuación y acto administrativo de una sola modificación, de forma planificada, ordenada y detallada por el toral del monto de diferimiento, donde indique a que proyectos se va a destinar esos recursos económicos.
Así mismo cumplir con el artículo 2 de la Ley Departamental 456 donde menciona, “El Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, deberá garantizar los recursos económicos diferidos a través de las adendas ratificadas por la presente ley VAYAN DESTINADOS A PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA”.
Que todos los recursos del diferimiento se asignen a proyectos de continuidad de las diferentes regiones del departamento de Chuquisaca.