La Asamblea a Legislativa Departamental de Chuquisaca en cumplimiento a las facultades y atribuciones que le son otorgadas por la Constitución política del Estado y normativa en actual vigencia,  en Sesión Ordinaria Nº  048/2021 emite las siguientes  MINUTAS DE COMUNICACIÓN.

Recomienda al  Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, que a través de la Secretaria de Desarrollo Humano y Social   por las instancias que corresponde, procedan al cumplimiento de las siguientes recomendaciones para la ATENCIÓN DEL PROGRAMA DE COORDINACIÓN, PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LA FAMILIA Y AL ADULTO MAYOR EN LOS MUNICIPIOS DE HUACAYA, VILLA VACA GUZMÁN (MUYUPAMPA), SAN PABLO DE HUACARTEA Y MONTEAGUDO.

  • Recomendar la firma del convenio con autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Huacaya para el funcionamiento del comedor para personas adultas mayores para la gestión 2022, y la ampliación del comedor y beneficiarios para que funcione en los dos centros poblados como son Santa Rosa y Huacaya.
  • Recomendar la ampliación del comedor y beneficiarios en el municipio de Monteagudo para que funcione en los dos centros poblados como son Monteagudo y la zona de Candúa.
  • El SEDEGES debe cumplir con las obligaciones asumidas de acuerdo a los convenios firmados con los Gobierno Municipales.
  • Recomendar los mecanismos necesarios para la firma de convenios con proveedores para la provisión de alimentos secos y frutos en los respectivos municipios donde funcionan los comedores.

Por otra parte recomienda a la Gobernación de Chuquisaca, que todos los diferimiento de la deuda interna del Gobierno Autónomo Departamental, sean realizados en actuación y acto administrativo de una sola modificación,  de forma planificada, ordenada y detallada por el toral del monto de diferimiento, donde indique a que proyectos se va a destinar esos recursos económicos.

Así mismo cumplir con el artículo 2 de la Ley Departamental 456 donde menciona, “El Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, deberá garantizar los recursos económicos diferidos a través de las adendas ratificadas por la presente ley  VAYAN DESTINADOS A PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA”.

Que todos los recursos del diferimiento se asignen a proyectos de continuidad de las diferentes regiones del departamento de Chuquisaca.

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